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Situación de la política arancelaria de Estados Unidos – UE: impacto sobre el comercio de bienes con España

  • La incertidumbre comercial sigue siendo el principal factor de riesgo para la actividad
    exportadora, más que el nivel arancelario puntual. El contexto internacional llegó a 2026 con
    una mejora del comercio en 2025 por adelantamiento de importaciones, pero con un
    deterioro previsto para 2026.
  • El marco UE–EE. UU. de agosto de 2025 fijó un esquema de referencia del 15% para la mayor
    parte de los bienes europeos exportados a EE. UU., con excepciones (p. ej., aeronaves y
    componentes, determinados productos farmacéuticos genéricos y recursos naturales no
    disponibles) y con compromisos recíprocos de reducción arancelaria por parte de la UE.
  • Para España, los datos de cierre de 2025 confirman un deterioro de la relación comercial
    bilateral de bienes con EE. UU.: las exportaciones españolas a EE. UU. cayeron un 8% y el
    déficit comercial bilateral aumentó un 34,4%.
  • La sentencia del Tribunal Supremo de EE. UU. de 20 de febrero de 2026 anuló los aranceles
    globales impuestos bajo la IEEPA. La Administración estadounidense reaccionó de inmediato
    con un arancel temporal global (primero del 10% y después del 15%) al amparo de la Sección
    122 de la Trade Act de 1974, abriendo una nueva fase de inseguridad jurídica y operativa.
  • La Comisión Europea exige a EE. UU. claridad y el cumplimiento íntegro del acuerdo UE–EE.
    UU. (“a deal is a deal”), incluyendo que los productos europeos mantengan el trato más
    competitivo y no se superen los topes arancelarios acordados.
  • En este contexto, la situación sigue marcada por una elevada incertidumbre regulatoria. Las
    relaciones comerciales entre la Unión Europea y Estados Unidos deben regirse por criterios
    de estabilidad, cumplimiento de compromisos y respeto a las reglas del comercio
    internacional. Por ello, en línea con la postura comunitaria, resulta esencial trabajar para
    que se respeten los compromisos comerciales previamente alcanzados entre la Unión
    Europea y Estados Unidos, y que se eviten cambios unilaterales que incrementen la
    volatilidad y dificulten la planificación empresarial, la inversión y el mantenimiento de
    cadenas de suministro.