En la mañana de hoy, el Pleno de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Burgos se ha reunido en sesión ordinaria, para, entre otros asuntos del orden del día, aprobar la Concesión de la Medalla de Oro de la Corporación a D. José Ignacio Goirigolzarri Tellaeche, Presidente de CaixaBank.
Nacido en Bilbao y con una trayectoria profesional de más de 45 años ligada al sector financiero español, ingresó en el Banco de Bilbao en 1977 en el Área de Planificación Estratégica. En abril del 2001 es nombrado director general del Grupo BBVA y, en diciembre de ese mismo año, consejero delegado del Grupo, cargo que desempeñó hasta octubre de 2009. Posteriormente ha sido presidente de Bankia y de su matriz BFA y, desde marzo de 2021, presidente ejecutivo de CaixaBank.
Considerado como uno de los directivos con una experiencia más dilatada en el sector bancario español, ha jugado un papel clave en el enorme proceso de transformación del sector a lo largo de las últimas décadas, y que ha llevado a la banca española a convertirse en una de las más competitivas del mundo.
Desde la Cámara se ha querido reconocer la apuesta de CaixaBank en mantener la Dirección Territorial de Castilla y León en nuestra ciudad y lo que ello supone para el fortalecimiento del desarrollo económico. La entrega de la Medalla tendrá lugar el próximo día 25 de octubre en el Salón Rojo del Teatro Principal.
A la finalización del pleno, la entidad cameral ha procedido a reconocer a Mª José Sánchez y a Lourdes Gil, por sus 25 años de trabajo en la Corporación.
El Consejo de Cámaras de Comercio de Castilla y León considera que las Cuentas de la Comunidad para 2025 diseñadas por el Gobierno autonómico se sustentan en unas previsiones macroeconómicas prudentes, con la apuesta por la reducción de la deuda y déficit públicos.
El Consejo considera acertadas el aumento de partidas en operaciones de capital, tanto en inversiones reales como en transferencias de capital que experimentan una subida conjunta del 12%, pues se retoma un impulso a la inversión pública que repercute directamente en la privada y por ende en la competitividad de las empresas.
A falta de un examen pormenorizado, merece especial atención los 206 M€ destinados a vivienda, ya que permitirá que los jóvenes de esta tierra no busquen oportunidades en otros lugares y sea un aliciente más para la atracción de talento y que las empresas encuentren los candidatos cualificados tan demandados.
Igualmente, se considera acertada la política tributaria y, en particular, la decisión de rebajar la carga fiscal sobre empresas y familias para facilitar el emprendimiento y el acceso de los jóvenes a la vivienda, así como el mimo al mundo rural y a personas vulnerables.
Desde este Consejo, se considera crucial la correcta ejecución de los fondos europeos, 447 M€, para acometer la modernización y transformación de la estructura productiva, prestando especial atención a las pymes, base de nuestro tejido empresarial y locomotoras de empleo.
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A emprendedores pertenecientes al ámbito urbano y rural con proyectos que se encuentren en sus fases iniciales y que vayan a desarrollar su actividad, fundamentalmente, en los sectores de comercio, hostelería, restauración y servicios de proximidad.
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Las personas, que por su actividad laboral, tienen contacto directo con los alimentos (durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, etc.) deberán poseer una formación adecuada en higiene de los alimentos de acuerdo con su actividad laboral. Las empresas del sector alimentario garantizarán dicha formación, mediante el desarrollo y la existencia de manera continuada de un programa de formación adaptado a las necesidades. Es responsabilidad del operador económico la formación de los manipuladores de productos alimenticios, la supervisión de la misma y el cumplimiento de las normas de higiene, actitudes, hábitos y comportamiento de trabajadores, establecidas en la legislación vigente y en guías de prácticas correctas de higiene.
El REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, establece en el capítulo XII. Formación del ANEXO II. REQUISITOS HIGIÉNICOS GENERALES APLICABLES A TODOS LOS OPERADORES DE EMPRESA ALIMENTARIA que:
Los operadores de empresa alimentaria deberán garantizar:
1. La supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral.
2. Que quienes tengan a su cargo el desarrollo y mantenimiento del procedimiento basado en los principios del APPCC o la aplicación de las guías pertinentes hayan recibido una formación adecuada en lo tocante a la aplicación de los principios del APPCC.
3. El cumplimiento de todos los requisitos de la legislación nacional relativa a los programas de formación para los trabajadores de determinados sectores alimentarios.
Respecto a este último punto, los CRITERIOS DE REFERENCIA PARA LA AUDITORIA DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LOS ALIMENTOS de la Junta de Castilla y León, establecen que “Se deberá desarrollar un plan de formación del personal que tenga por objetivo garantizar que el personal guarda el adecuado estado de salud e higiene y posee conocimientos adecuados para que su actividad laboral no ponga en riesgo la seguridad del alimento”.
La responsabilidad que tienen las empresas alimentarias de poner en el mercado alimentos seguros permanece intacta, debiendo garantizar, de acuerdo con su actividad laboral, la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria.
Los operadores de empresas alimentarias quedan sujetos a los controles oficiales que realice la Autoridad Sanitaria competente, debiendo cumplir con la normativa vigente en la materia, y teniendo a disposición de la Administración Sanitaria la documentación que acredite la formación de los manipuladores de productos alimenticios y toda aquella que pueda serles requerida para la comprobación de su adecuación a la normativa vigente.
DIRIGIDO A:
Manipuladores de alimentos pertenecientes a:
Restauración colectiva comercial (bares, restaurantes) y de servicio (comedores de centros de trabajo, de colegios, guarderías, residencias de ancianos).
Comercio mayorista (almacenes polivalentes de alimentación y bebidas).
Industrias cárnicas, salas de despiece.
Resto de industrias de alimentación (lácteos, conservas, miel, envasadoras de huevos, pan, etc.).
OBJETIVOS:
Formar a los trabajadores de las empresas alimentarias, garantizando los conocimientos en aspectos básicos de higiene y seguridad alimentaria.
Garantizar que el personal posee conocimientos adecuados para que su actividad laboral no ponga en riesgo la seguridad del alimento.
IMPARTE:
María José Araúzo. Seguridad e Higiene Alimentaria. Formadora
Para cumplir con la responsabilidad en esta materia, puede contar con entidades o empresas que le ofrezcan garantía en la formación, como es el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Burgos.
CONTENIDOS
Introducción y objetivos.
Conceptos básicos.
Riesgos para la salud derivados del consumo de alimentos.
Contaminaciones de origen biológico.
Salud e higiene de los manipuladores.
Higiene de las instalaciones.
Conservación de alimentos. Envasado y etiquetado. Alérgenos.
Sistemas de gestión de la seguridad de los alimentos.
Te ayudamos a lanzar tu propio proyecto empresarial, poniendo a tu disposición los recursos necesarios para que puedas llevar a cabo tu Plan de Empresas.
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